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COVID-19

NUEVO CERTIFICADO ÚNICO DE CIRCULACIÓN. – 1.4.2020.

Por decisión Administrativa Nro. 446/2020 dictada por Poder Ejecutivo Nacional publicado el 1 de abril de 2020, se dispuso la vigencia de un Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19”, para aquellos exceptuados previamente.

Dicho certificado regirá a partir del día 6 de abril perdiendo vigencia aquellos emitidos con anterioridad y bajo forma distinta al dispuesto en la presente Decisión.

Se dispuso exceptuar de tramitar el presente certificado a personal de la salud, Fuerzas Armadas; autoridades Gubernamentales; personal de la Justicia de Turno; Diplomático; personas que deban asistir a otras con discapacidad; personal periodístico; de asistencia social; personal agropecuario; personal de servicio comercio exterior; personal de recolección de residuos; personal de servicios básicos; transporte; personal de servicio postal; personal del sistema de pagos; casos de fuerza mayor.