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COVID-19

PROGRAMA «SOLUCIONA» DEL GOBIERNO PARA REACTIVAR LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO. -3.7.2020.

Mediante Resolución Nro. 327/2020 del Ministerio de Desarrollo Productivo, publicada el 2 de julio de 2020, se creó el Programa Soluciona de reactivación de la economía del conocimiento, que tiene por objetivo brindar asistencia financiera a personas jurídicas para la implementación de soluciones, productos y servicios innovadores orientados a atender a las problemáticas sanitarias, económicas y productivas generadas por el Covid-19.

El Programa prevé la financiación, a través de Aportes No Reembolsables, de hasta AR$ 15 Millones para personas jurídicas que operen en el sector de la economía del conocimiento (software, servicios informáticos y digitales, producción y postproducción audiovisual, biotecnología, nanotecnología, industria aeroespacial y satelital, ingeniería e industria 4.0, entre otras), con la posibilidad de desarrollar e implementar soluciones tecnologías e innovadoras orientadas a reactivar la economía y la adaptación de la matriz productiva al nuevo contexto mundial.

Asimismo, podrán solicitar dicha financiación los sectores más afectados por la pandemia, como ser turismo, gastronomía, automotriz, textil, transporte y logística, entre otros, que presenten proyectos para incorporar nuevas tecnologías o actividades de la economía del conocimiento que favorezcan la reactivación económica. Se podrán incluir soluciones innovadoras para escalar o modificar las modalidades de producción, optimizar la productividad y competitividad, mejorar y aumentar la comercialización, sus procesos logísticos o sus estándares de calidad, así como homologar y certificar productos y servicios.

Los fondos otorgados, se podrán utilizar únicamente para: (a) la adquisición de activos fijos (maquinarias, equipos, mobiliario, adecuación de obras civiles edilicias requeridas para la ejecución del proyecto, en este último caso en hasta un 10% del valor otorgado); (b) adquisición de activos intangibles (patentes, licencias y marcas); (c) Adquisición o financiamiento de capital de trabajo asociado directamente al desarrollo del proyecto presentado; (d) Gastos de certificaciones y habilitaciones vinculados con declaraciones, permisos, certificaciones, licencias y demás autorizaciones y gestiones que se requieran para desarrollar el Proyecto; (e) Capacitación y reentrenamiento de recursos humanos relacionados con las actividades del proyecto; y (f) otros gastos que la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa, que es la Autoridad de Aplicación, incluya en el futuro.

Atentamente,

Equipo Elzen Abogados.