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COVID-19

LA SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DE TRABAJO BRINDA UN MODELO DIGITAL DE AFICHE INFORMATIVO PARA LAS ART. – 21.3.2020.

Les informamos sobre una reciente Resolución dictada por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. La misma establece que las A.R.T. deberán proveer gratuitamente un modelo digital de afiche informativo sobre medidas de prevención específicas acerca del Coronavirus COVID-19 a todos sus empleadores afiliados. Los empleadores autoasegurados deberán contar también con dicho afiche informativo. El afiche se encuentra en el Anexo I de la Resolución y puede ser consultado en: https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/if-2020-18248527-apn-smycsrt.pdf
La Resolución establece que este afiche será de exhibición obligatoria por parte de los empleadores, debiendo exponerse al menos uno por establecimiento, en lugares destacados que permitan la fácil visualización por parte de todos los trabajadores. Los empleadores deberán verificar la correcta conservación de los afiches y proceder a su reposición en caso de deterioro, pérdida o sustracción.
Por otro lado, la Resolución crea también un manual con recomendaciones y medidas de prevención del COVID-19 en ámbitos laborales.
Entre dichas medidas de prevención se destacan el lavado de manos, la ventilación de ambientes, la limpieza de superficies, la utilización de elementos de protección personal, la utilización de barbijos para personal de salud que atienda a personas con síntomas respiratorios (el uso de barbijos es desaconsejado en trabajadores que atienden al público), medidas a considerar en cuanto a la desinfección y el descarte de la vestimenta de protección en los casos que corresponda, entre otras.
A mayor abundamiento, el texto completo del manual de recomendaciones y medidas de prevención

(Anexo II) puede consultarse en: https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/if-2020-18248944-apn-smycsrt.pdf

La Resolución establece que las A.R.T. deberán, por medios informáticos, difundir y notificar a los empleadores afiliados respecto de la Resolución en cuestión, así como del contenido de los Anexos I y II de la misma y asesorarlos al respecto.

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Cordialmente,

Equipo Elzen Abogados